Hola. Últimamente no paran de caerme palos en las revisiones por el uso de exclamaciones, y lo más molesto es que las revisiones se contradicen entre si.
Por ejemplo, en una, traduje una frase del tipo "Hazte ya con <objeto de un videojuego>" con exclamaciones, como en el texto original, y se marcó como error, además, alegando que en castellano no se le pone exclamaciones a las frases afirmativas, a pesar de que era claramente una imperativa. Señalé estó en mi apelación, además de aportar un artículo con ejemplos de la Fundeu en los que se usa exclamación en frases imperativas muy similares en tono y contexto, pero la segunda revisión ignoró todo esto y se limitó a decirme que repasara el uso de las exclamaciones. Volví a apelar al equipo de calidad de Gengo y reiteraron que "el uso de las exclamaciones está limitado a las interjecciones y poco más" y aportaron dos artículos que solo entran en cuestiones ortográficas del uso de exclamación e interrogación, pero que en ningún caso especifican cuando es apropiado su uso o no.
Y hoy me ha llegado otra revisión marcando como fallo el no haber usado exclamaciones en la frase "Te deseamos un feliz Halloween" como hacía el texto original. Yo hubiese puesto exclamaciones, pero me ceñí a lo que se me indicó anteriormente precisamente para que no me lo marcasen como error.
Por favor, me gustaría que se me explicase bien esto o, en su defecto, que se unificasen criterios, porque si no, es que así no hay manera, la verdad 🤷🏻♂️
Un saludo.
14件のコメント
Me parece muy interesante tu comentario y es una pena que, hasta el día hoy, no haya recibo la respuesta que se merece por parte de algún revisor. Sin dar tantos rodeos, el uso de los signos de exclamación en tu primera frase no es incorrecto. Entonces, si el revisor lo marcó como error, debió rectificar en la segunda revisión, pero no fue así. Por lo tanto, esto ya no se trata de unificar criterios, sino de preguntar qué podemos hacer realmente nosotros como traductores cuando no estamos de acuerdo con una revisión, porque es evidente que el derecho a solicitar una segunda revisión muchas veces no sirve de nada.
Personalmente, también he recibido varias revisiones semejantes, sería penoso e inútil enumerarlas todas porque nunca he visto a ningún revisor participar activamente en estas discusiones, y si una segunda revisión no aclaró las dudas, este foro tampoco lo hará.
¡Un saludo, Gabriel!
Gracias por tu comentario, tocayo 😉
Quería señalar que en realidad tienes el recurso de una tercera revisión por otra vía (aunque en el caso expuesto tampoco me sirvió de nada). Te lo comento por si no lo sabes porque, por ejemplo, yo mismo llevo aquí tres años y todavía me enteré de que se podía hacer esto hace tan solo un par de semanas.
Un saludo.
Hola, colegas.
Yo soy uno de los tres revisores que trabajamos en el par inglés-español latinoamericano.
Gabriel, lamento mucho tu experiencia frustrante con respecto a tu revisión porque he estado también en ese lado. Lo primero que me gustaría decir, por las dudas, es que al momento de revisar una traducción no hay ninguna animosidad contra el traductor que hizo ese trabajo. Lo segundo, es que los pedidos de revisiones de una revisión son realizados por el mismo revisor que hizo la primera evaluación. El caso de la "tercera" revisión es para aquellos traductores cuyas calificaciones han sido revocadas, tal como se aclara en esta publicación: https://support.gengo.com/hc/en-us/articles/360043592993-What-is-a-re-review-request-and-how-do-I-submit-one-#3
Por supuesto que al momento de la revisión también me puedo equivocar. Hablando ahora a modo personal, trato de que los errores marcados en las revisiones sean errores objetivables, fácilmente respaldados por una obra de gramática del español, y las cuestiones estilísticas se marcan como sugerencia. No recuerdo haber sido yo quien hiciese la revisión de tu trabajo sobre el cual presentas tu reclamo. No obstante, si fue así, tendré en cuenta esto para mis futuras revisiones y no las marcaré como error, salvo cuestiones especiales de pedido del cliente o de exceso de su uso. También quisiera aclarar que el hecho de que se haga una segunda revisión no implica necesariamente que lo corregido en la primera se modifique. Esto dependerá de si la justificación es objetivable (de nuevo, ortografía y gramática españolas y requisitos del encargo de traducción).
Por favor, intenten evitar la frustración y no dejen de pedir la segunda revisión cada vez que la consideren oportuna.
Volviendo al tema del uso de las exclamaciones, me comprometo a conversarlo con mis compañeros y a dar una respuesta más satisfactoria en este foro.
Con respecto a la participación en las discusiones del foro, me comprometo a responder cuando me lleguen las notificaciones con celeridad.
Entonces vuelvo a escribir aquí sobre este tema cuando tenga las respuestas de mis colegas.
Que tengan una excelente jornada.
Carlos
Tienes razón, Gabriel. No hay un subforo para el español de Latinoamerica y pensé que tu caso era ese. De todas maneras, creo que el tema de los foros va a recibir una renovación en cuanto a su manejo. Con respecto a los revisores, cada variedad de lengua tiene su propio equipo y los de español de España no están con los de Latinoamérica y viceversa.
De todos modos, sigue pendiente mi aportación sobre tu inquietud...
Saludos.
Carlos
Hola, Carlos:
Qué bueno contar con tu opinión como revisor sobre este asunto. Creo que todos estamos de acuerdo contigo en que las revisiones deben ser objetivas y las solicitudes de revisiones adicionales deben estar bien justificadas. El problema en estas situaciones, como ya lo mencionó el tocayo Gabriel (y como cualquiera puede constatar), es que las revisiones no parecen objetivas, y así de nada sirve solicitar una, dos, tres o miles de revisiones adicionales, al final el resultado no cambia.
Retomando este ejemplo, desde el punto de vista ortográfico y gramatical, el uso de los signos de exclamación no es incorrecto, ¡pero el revisor mantuvo su postura sin ninguna justificación aunque le solicitaron dos revisiones adicionales! Al final, el único que pagó los planos rotos fue el traductor (¡y dos veces!). Me parece demasiado injusto. Entonces, mi pregunta sigue siendo la misma: ¿qué podemos hacer los traductores cuando una segunda revisión no cambia nada y los argumentos del revisor parecen más subjetivos que objetivos?
¡Saludos cordiales!
La verdad es que editar PDF a veces es un horror, muchas veces a poco que cambie la extensión de un texto se pueden descolocar un montón de cosas y mantener la integridad del formato puede llegar a ser inviable, salvo extenso trabajo de maquetación (disciplina que en principio no tenemos por qué controlar) que puede ser más largo y costoso que la propia traducción en sí,
Creo que está bien hacer el esfuerzo de intentar conservar el formato para el cliente (la gran mayoría de veces lo consigo), pero en los casos en los que hacer esto no resulta razonable, la compañera Val tiene razón (véase el subapartado "Formatting") salvo que el cliente especifique que tiene que ser en PDF (buen momento para plantearse si compensa seguir adelante o rechazar el trabajo).
Yo tuve una experiencia con un archivo PDF lleno de columnas, cajas de texto y mil cosas más que era básicamente imposible de editar sin que se rompiese el diseño del documento por mil sitios, así que tras explicar esto amablemente al cliente con un comentario le mandé un archivo de texto plano (un txt del Bloc de Notas de Windows, vamos) indicando con todo detalle dónde iba cada parte del texto en el archivo original. El cliente primero se hizo el loco diciendo que no podía abrir el archivo (un txt en formato UTF-8 que se puede abrir en cualquier parte... me cuesta creerlo, la verdad) y me pidió que se lo pasase en formato Word, sospecho que para ver si así se lo daba maquetado... le mandé el mismo txt pero pegado en un documento de Word y entonces me rechazó el trabajo alegando mala calidad de traducción. En estos casos intercede Gengo y evalúa si la traducción realmente tiene mala calidad, se pusieron de mi parte (también hay que contar las cosas buenas 😉), recibí un 10/10 y se me pagó el trabajo.
En cuanto a lo del plazo para reclamar... ¿Una semana? Que yo sepa, el plazo siempre ha sido un mes, al menos en el par inglés-español de España.
Un saludo a todos.
Hola, Carlos.
En mi caso, mi par es inglés-español de España, por eso seguramente no te habría podido tocar a ti revisarlo. Gracias por tu detallada respuesta de todas formas. (¡He de decir que me sorprende que solo seáis tres!)
(La verdad es que no me paré a pensar de qué par de español es este subforo, pero tampoco lo especifica en ninguna parte y es el único subforo de español)
En cuanto a mi caso en si, creo que ha sido una revisión más subjetiva que objetiva, como creo que demuestra el hecho de que una revisión posterior se haya aplicado el criterio contrario siendo (básicamente) el mismo caso. Como mencionas, en este caso hubiese estado bien marcarlo como sugerencia y no como error. Si soy sincero, aunque la persona que revisó mi trabajo fue educada, me dio impresión de no querer reconocer un error. Ni siquiera se me explicó gran cosa (hasta el segundo recurso, en el que se explicó ligeramente más) más allá de un escueto "revisa el uso de las exclamaciones", a pesar de haber aportado un artículo de la Fundeu que me avalaba.
He vuelto a leerme el artículo y en realidad no dice eso. Sí que hay una sección sobre qué pasa con las solicitudes de revisión cuando te revocan las calificaciones, pero es otra sección independiente a la que habla de esta "segunda vía" que menciono yo, y si te fijas, realmente no tiene que ver una cosa con la otra.
Un saludo, compañeros.
Paso a completar la aportación sobre el uso de los signos de exclamación que hemos consensuado entre los revisores de español para Latinoamérica.
"Se debe respetar el uso en español de los signos ortográficos de interrogación y exclamación tal como aparecen en el texto en inglés. Especifico “interrogación y exclamación” porque hay signos del inglés que no deben calcarse; ejemplo el guion largo o raya cuando no es oración parentética".
Dicho esto, conviene tener en cuenta que hay casos en que al traducir se colocan los signos de exclamación en el lugar incorrecto (pero, aun así, ¡se colocan!):
After months of work, the scientists finally opened the tomb, and it was empty!
A veces en la traducción aparece el signo de exclamación al principio de toda la oración, lo cual sería incorrecto:
¡Después de meses de trabajo, los científicos abrieron la tumba y estaba vacía!
Esto sería incorrecto porque la exclamación es solamente la última oración "it was empty". O sea, la traducción correcta sería:
Después de meses de trabajo, los científicos abrieron la tumba y ¡estaba vacía!
Con respecto a la inquietud última de Gabriel Rodríguez no tengo una respuesta certera. Podrías intentar con "Submit a request" y ver qué responden desde la mesa de ayuda.
Saludos,
Carlos
Hola, Carlos:
Gracias por aclaración sobre el uso de los signos de exclamación para español de Latinoamérica y gracias también por la sugerencia con respecto a mi inquietud; sin embargo, me temo que en este caso eso fue exactamente lo que hizo el tocayo Gabriel sin ningún éxito, ¡a pesar de que él tenía razón! Así que no sé si los demás tendríamos mejor suerte. Entonces, salvo que algún revisor de español de España afirme lo contrario, creo que Gabriel debería tener la oportunidad de apelar nuevamente por ambas revisiones, en la primera porque el error no existe y en la segunda porque el error no fue culpa de él. Pero solo es una idea mía.
¡Saludos cordiales!
Gracias, Gabriel.
Ahora me encuentro en la extraña situación de tener que apelar la otra revisión (en la que me marcan como error el no haber usado exclamaciones). No sé bien como redactarlo. Si los revisores consideraron (y reafirmaron) que la anterior era incorrecta, esta última debería ser buena bajo el mismo criterio. Supongo que aportaré esa primera reseña como material de apoyo en la apelación.
Carlos, gracias por tu aportación (que también se ajusta a la normativa de España), pero, no es una cuestión ortográfica, sino de cuando es apropiado usar o no usar exclamaciones.
Un saludo.
Hola, Gabriel:
Se me ocurre que podrías incluir el enlace de este hilo en tus apelaciones y, para el segundo caso, también el número de la primera traducción. Ojalá que esta vez sí recibas una respuesta satisfactoria.
¡Saludos y suerte!
Hola, colegas.
Quizás me desvío un poco del tema, pero quisiera agregar que me pasó varias veces que los revisores me marcaron errores que van en contra de las normas de Gengo. Por ejemplo, cuestiones de formato o de frases sin traducir en documentos en PDF, sobre los cuales Gengo dice que el traductor no tiene que copiar el formato (en mi caso, la negrita) ni traducir lo que no es editable. Me parece preocupante que los propios revisores no conozcan estas reglas totalmente objetivas.
Por otro lado, y aprovechando la participación de Carlos (¡un gusto conocerte!, y celebro la participación de los revisores en el foro), quisiera proponer que extiendan el plazo para presentar objeciones. Una semana es muy poco teniendo en cuenta que tenemos otros trabajos, una vida, quizás la justificación nos lleve tiempo porque hay que recopilar pruebas de por qué consideramos que la revisión fue incorrecta o improcedente, y las consecuencias son bastante serias porque afecta nuestra calificación para siempre. Creo que dos o tres semanas sería más realista, más considerado para con nosotros y no tiene ninguna consecuencia sobre el resultado final de esa revisión.
Nobleza obliga, aclaro que la última corrección de estas (y la que tengo más fresca en la mente) no fue en el par EN-ESLA, pero otras en el pasado sí.
Hola, Val:
Respondiendo a tu entrada, desde lo último hacia lo primero, el plazo para presentar las objeciones de los traductores no depende de los revisores sino que es algo estipulado por gengo y nosotros solo nos atenemos a revisar las solicitudes en un tiempo acotado que se nos da (en general 24 horas, salvo los fines de semana).
Con respecto a los trabajos en PDF, al momento de la revisión el sistema genera un archivo que intenta reflejar el PDF para que hagamos las revisiones. También tenemos el enlace para ver el PDF original para cotejar. Si hay cuestiones que deben ser respetadas por el pedido del cliente o por las normas de gengo en el caso de archivos PDF, y aun así estas se marcan como errores, entonces deberían subsanarse tras un pedido de revisión. Cuando hagan el pedido de revisión nunca está de más mencionar que respetaron tal o cual norma de gengo y/o pedido del cliente como respaldo.
Saludos,
Carlos